SOLICITUD DE INHABILITACIÓN PARA TRABAJAR CON MENORES A CONDENADOS POR MALTRATO
Fuente: Unicef
Este blog nace por la creciente preocupación en la comunidad educativa de presencia de docentes que han sido condenados por maltrato.
Nuestra finalidad es por un lado, dar a conocer esta situación a la sociedad así como encontrar y difundir información relacionada y por otro lado, apoyar las iniciativas legislativas que permitan llegar a inhabilitar el trabajo habitual con menores a este tipo de personas que hayan causado maltrato principalmente a menores pero también a familiares y personas próximas.
Como primer paso hemos realizado una recogida de firmas de apoyo a través de un formulario y que adjuntamos a continuación: ÚNETE A ESTA SOLICITUD
INHABILITACIÓN A CONDENADOS DE TODO TIPO DE VIOLENCIA Y ESPECIALMENTE POR MALTRATOS DENTRO DEL ÁMBITO FAMILIAR, PARA TRABAJAR EN CONTACTO HABITUAL CON MENORES .
Actualmente, y gracias a la La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, se establece la obligación de que se aporten Certificados Negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos para todos los Profesionales y Voluntarios que trabajan en contacto habitual con Menores. Por la cual, se prohíbe realizar trabajos en contacto habitual con menores, a aquellas personas que hayan cometido delitos sexuales o de trata de seres humanos. Sin embargo, esta ley no incluye en la inhabilitación a personas condenadas por otros tipos de violencia. por lo que actualmente podemos encontrar en las aulas, trabajando como docentes, a personas con condenas, por ejemplo, de violencia de género o paterno-filial.
Ante la creciente preocupación de familias, estudiantes y docentes, hemos decidido manifestar nuestro descontento y nuestro rechazo firme a la presencia en las aulas de docentes juzgados y condenados por delitos de todo tipo violencia, y especialmente por maltrato dentro de la familia, entendiendo que dichas condenas deberían implicar una inhabilitación en el trabajo habitual con menores, como por ejemplo es la docencia.
Por otro lado, y pese a que el Ministerio de Educación muestra sensibilidad convocando plazas de oposición reservadas a víctimas por violencia de género, no muestra la misma determinación a la hora de vetar el acceso a maltratadores a trabajar en centros educativos, por lo que se pueden provocar situaciones en las que se encuentren maltratadores y maltratados trabajando en un mismo Centro.
Finalmente, nos gustaría destacar que la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, insta a la sensibilización en pro de la protección del menor, como por ejemplo en el siguiente párrafo:
“ … . Con acuerdo a la ley, los poderes públicos tienen la obligación de desarrollar actuaciones de sensibilización, prevención, asistencia y protección frente a cualquier forma de maltrato infantil, así como de establecer aquellos procedimientos necesarios para asegurar la coordinación entre las administraciones públicas competentes y, en este orden, revisar en profundidad el funcionamiento de las instituciones del sistema de protección a las personas menores de edad y constituir así una protección efectiva ante las situaciones de riesgo y desamparo. …”
Sin embargo, normalizar el hecho de que una persona condenada de violencia de género, o hacia sus hijos o hacia cualquier otro miembro de la familia o entorno próximo, pueda trabajar como docente, está creando una sensibilización en sentido opuesto, más bien de normalización del maltrato y de desprotección hacia el menor, creando en ellos inseguridad y falta total de confianza tanto en el sistema educativo y como en el legislativo.
Por todo lo dicho, encontramos grandes incoherencias legislativas, educativas y éticas en el hecho de que una persona que trabaja habitualmente con menores haya podido ser condenado de cualquier tipo de violencia, y más dentro de la familia y más aún si ha sido hacia menores. Si estás de acuerdo, te pedimos que rellenes este formulario para que podamos hacer llegar esta preocupación y condena generalizada donde proceda, con el fin de que se realice un modificado de la ley, o creación del instrumento legislativo necesario que permita la inhabilitación por condenas de todo tipo de maltrato, y en especial hacia menores, y dentro de la familia, similar a la que ya existe para las codenas de violencia sexual.
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